Muchos de vosotros habreis comprobado que tras la entrada en vigor el pasado mes de Octubre de 2016, de la ley de procedimientos administrativos, se obliga, entre otros, a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Entre las entidades sin personalidad jurídica se incluyen las asociaciones, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.

Esta relación electrónica comprende tanto las notificaciones como la presentación de documentos y solicitudes a través de registro, por ello las Inspecciones Provinciales de telecomunicaciones han dejado de ser oficinas de registro, es decir que toda la documentación relaccionada con esta administración ha de hacerse a través del registro electrónico o bien a través de las delegaciones o subdelegaciones de gobierno. En nuestra área de descargas tenéis a vuestra disposición una pequeña guía para ver más al detalle, cual es el procedimiento exacto y las direcciones electrónicas a las que debéis dirigiros.

Descarga Aqui la guia:

https://www.ea1ura.com/descargas/category/1-documentacion-telecomunicaciones?download=83

Accede desde aqui a la web de la secretaria de estado:

http://www.minetad.gob.es/telecomunicaciones/es-ES/SecretariaDeEstado/Paginas/secretaria_estado.aspx